¿Qué pasa cuando una entidad financiera es cerrada por la SBS?

 


En Régimen de Intervención se transfieren los activos "buenos" al sistema financiero (uno o más bancos), los cuales junto con un aporte del Fondo servirán para pagar a todos los depositantes coberturados por éste, sin necesidad de incurrir en un lento proceso de liquidación.

La duración del régimen de intervención es de 45 días prorrogables por una sola vez, por un período igual. Transcurrido el plazo, la SBS dicta la resolución de disolución, previo conocimiento del Banco Central de Reserva del Perú.



El Fondo de Seguro de Depósitos (FSD) protege los ahorros y CTS depositados en entidades supervisadas por la SBS: bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales de ahorro y crédito. En caso de cierre de la entidad financiera, el FSD devolverá a los ahorristas el dinero depositado, hasta un monto máximo de cobertura que se actualiza trimestralmente.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) elevó el monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósito (FSD) a S/ 112,853 correspondiente al trimestre de septiembre a noviembre del 2021.

En el caso de que alguna entidad financiera con cobertura quiebre o cierre, el FSD garantiza la devolución de su dinero a los ahorristas hasta por 112,853 soles, monto que se actualiza trimestralmente.

Fondo de Seguro de Depósitos - Portal del Usuario – SBS:

https://www.sbs.gob.pe/usuarios/informacion-financiera/fondo-de-seguro-de-depositos




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