¿Qué pasa cuando una entidad financiera es cerrada por la SBS?
En Régimen de Intervención se
transfieren los activos "buenos" al sistema financiero (uno o más
bancos), los cuales junto con un aporte del Fondo servirán para pagar a
todos los depositantes coberturados por éste, sin necesidad de incurrir en un
lento proceso de liquidación.
La duración del régimen de
intervención es de 45 días prorrogables por una sola vez, por un período igual.
Transcurrido el plazo, la SBS dicta la resolución de disolución, previo
conocimiento del Banco Central de Reserva del Perú.
El Fondo de
Seguro de Depósitos (FSD) protege los ahorros y CTS depositados en entidades
supervisadas por la SBS: bancos, financieras, cajas municipales y cajas rurales
de ahorro y crédito. En caso de cierre de la entidad financiera, el FSD
devolverá a los ahorristas el dinero depositado, hasta un monto máximo de
cobertura que se actualiza trimestralmente.
La
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) elevó el monto máximo de
cobertura del Fondo de Seguro de Depósito (FSD) a S/ 112,853 correspondiente al
trimestre de septiembre a noviembre del 2021.
En el caso de
que alguna entidad financiera con cobertura quiebre o cierre,
el FSD garantiza la devolución de su dinero a los ahorristas hasta por
112,853 soles, monto que se actualiza trimestralmente.
Fondo de Seguro de Depósitos - Portal del Usuario – SBS:
https://www.sbs.gob.pe/usuarios/informacion-financiera/fondo-de-seguro-de-depositos
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